Cómo Hacer la Declaración de la Renta 2026 Paso a Paso | LeyExplicada
Hacienda · Guía completa 2026

Cómo hacer la
declaración de la renta
paso a paso

Todo lo que necesitas saber para presentar la renta 2025 sin errores: plazos, datos fiscales, borrador, deducciones y qué hacer si te sale a pagar.

Actualizado junio 2026 7 min de lectura Campaña Renta 2025
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¿Quién está obligado a declarar?

No todos los trabajadores están obligados. Tienes que declarar si en 2025:

  • Tus rendimientos del trabajo superan 22.000 € brutos anuales con un solo pagador.
  • Superan 15.000 € con dos o más pagadores y el segundo te pagó más de 1.500 €.
  • Tienes rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales superiores a 1.600 €.
  • Tienes rentas inmobiliarias, actividades económicas u otras rentas superiores a 1.000 €.
💡
¿No estás obligado pero te interesa declarar? Si has tenido gastos deducibles (hipoteca, donativos, maternidad) que superen tus retenciones, la renta te saldrá a devolver. No presentarla significa perder esa devolución para siempre.
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Plazos de la campaña 2026

2 abr
2026
Inicio de campaña. Disponible el borrador y datos fiscales en Renta Web.
6 may
2026
Inicio de citas telefónicas con la AEAT — plan Le Llamamos.
3 jun
2026
Inicio de atención presencial en oficinas AEAT con cita previa.
25 jun
2026
Límite con domiciliación bancaria — si el resultado es a pagar y quieres domiciliar.
Importante
30 jun
2026
Fecha límite general — último día para presentar la declaración.
Límite
⚠️
Presentar fuera de plazo tiene coste. Si te sale a pagar: recargos del 1% al 15% según el retraso, más intereses si supera 12 meses. Si te sale a devolver: pierdes los intereses de demora.
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Lo que necesitas tener a mano

  • DNI o NIE (y el de tu cónyuge si declaráis conjuntamente)
  • IBAN de tu cuenta bancaria para recibir la devolución o domiciliar el pago
  • Certificado de retenciones de tu empresa (debe entregarlo antes del 31 de enero)
  • Cl@ve PIN o referencia AEAT para acceder a Renta Web
  • Justificantes de gastos deducibles: hipoteca, alquiler, donativos, etc.
  • Certificados de cuentas, fondos de inversión y dividendos si los tienes

Cómo obtener tu referencia para acceder a Renta Web

  • Cl@ve PIN o permanente — la más recomendada. Regístrate en clave.gob.es si no la tienes.
  • Referencia AEAT — en la web de la AEAT con tu DNI, fecha de caducidad e importe de la casilla 505 del año anterior.
  • Certificado electrónico o DNIe — si tienes lector de tarjetas o DNI electrónico activado.
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Cómo hacer la renta 2026 paso a paso

1
Accede a Renta Web en la AEAT
Entra en sede.agenciatributaria.gob.es y haz clic en «Campaña Renta 2025». Identifícate con Cl@ve, referencia o certificado. Selecciona «Borrador / Declaración (Renta Web)».
2
Descarga y revisa tus datos fiscales
Antes de tocar nada, descarga los datos fiscales que la AEAT tiene de ti. Compáralos con tus documentos reales. Es frecuente que falten datos o estén incorrectos.
Paso crítico — no lo omitas
3
Revisa el borrador completo
La AEAT genera un borrador automático. Léelo entero: verifica el estado civil, los hijos declarados, los rendimientos del trabajo y las retenciones aplicadas.
4
Individual o conjunta: elige bien
Si estás casado, compara ambas opciones. La conjunta tiene una reducción de 3.400 € pero solo compensa si uno de los dos tiene ingresos muy bajos o nulos. La AEAT te muestra los dos resultados.
5
Añade lo que no está en el borrador
El borrador no incluye todas las deducciones automáticamente. Añade manualmente: deducción por alquiler (contratos anteriores a 2015), donativos, deducciones autonómicas, maternidad, planes de pensiones.
Aquí está el dinero que se pierde
6
Comprueba el resultado y presenta
Revisa el resultado final, confirma el IBAN y pulsa «Presentar declaración». Guarda el justificante con el número de referencia — es tu prueba de presentación.
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Errores frecuentes que cuestan dinero

01
Confirmar el borrador sin revisarlo
El error más caro y el más frecuente. El borrador puede estar incompleto o tener datos incorrectos.
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No declarar el alquiler de un piso
Hacienda cruza datos del catastro. Si no lo declaras la sanción es del 50-150% de lo defraudado.
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Olvidar la deducción por maternidad
Hasta 1.200 € anuales por hijo menor de 3 años. No aparece automáticamente en todos los casos.
04
No deducir gastos del alquiler
Si tienes piso arrendado puedes deducir hipoteca, IBI, comunidad, reparaciones y seguro.
05
No declarar cuentas en el extranjero
Las cuentas en bancos extranjeros deben declararse. Modelo 720 si superan 50.000 €.
06
IBAN equivocado para la devolución
Si la devolución va a una cuenta cerrada o equivocada, recuperarla es un proceso lento.
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Deducciones que no debes olvidar

DeducciónImporte máximoQuién puede aplicarla
Deducción por maternidad1.200 €/hijoMadres trabajadoras, hijos <3 años
Familia numerosa1.200 – 2.400 €Titulares del carnet de familia numerosa
Ascendiente con hijos (monoparental)1.200 €Familias monoparentales con hijos menores
Cónyuge con discapacidad1.200 €Cónyuge con discapacidad ≥33% sin rentas
Aportaciones a planes de pensiones1.500 €/añoCualquier contribuyente con plan de pensiones
Donativos a ONGs80% primeros 250 €Donaciones a entidades acogidas a Ley 49/2002
Inversión vivienda habitual (pre-2013)15% s/ 9.040 €Hipotecas firmadas antes del 1/1/2013
Alquiler vivienda habitual (pre-2015)10,05% s/ 9.040 €Contratos firmados antes del 1/1/2015
No olvides las deducciones autonómicas. Cada comunidad tiene las suyas propias y la AEAT no siempre las aplica automáticamente: nacimiento de hijos, gastos educativos, alquiler, eficiencia energética. Revísalas en el apartado de deducciones de Renta Web.
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¿A pagar o a devolver?

💚
Si te sale a devolver
Confirma la declaración y verifica el IBAN. La AEAT tiene hasta el 31 de diciembre para devolverte. Si no lo hace, debe pagarte intereses de demora.
📅
Si te sale a pagar
Puedes pagar en un solo plazo (hasta el 30 jun) o en dos plazos sin recargo: 60% antes del 25 jun y 40% antes del 5 nov domiciliando.
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Preguntas frecuentes

Sí. Los datos fiscales de la AEAT ya incluyen los rendimientos declarados por tu empresa. Aún así, es recomendable tener el certificado para verificar que los importes coinciden. Si hay discrepancias, prima lo que hayas cobrado realmente.
Hacienda puede girar de oficio una liquidación provisional. Las sanciones van de 200 € mínimo (si el resultado es a devolver) a una multa del 50-150% de la cuota más intereses si es a pagar.
Sí. Si el error te perjudica (olvidaste una deducción), presenta una solicitud de rectificación de autoliquidación. Si dejaste ingresos sin declarar, presenta una declaración complementaria — puede llevar recargos si la presentas fuera de plazo.
Sí. Las prestaciones del SEPE son rendimientos del trabajo y deben declararse. El SEPE aplica retención pero a veces es insuficiente, por lo que la renta puede salirte a pagar. Es uno de los casos que más sorpresas desagradables genera.

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