Calculadora de Subida de Alquiler 2026
¿Es legal lo que te quieren cobrar?
Calcula al instante si la subida que te propone tu casero es legal y cuánto puede subir tu alquiler según la Ley de Vivienda y el índice del INE.
¿Cuánto puede subir tu alquiler?
Introduce los datos de tu contrato para obtener el límite legal exacto
Referencia histórica
Evolución del límite de actualización del alquiler
El índice de actualización del alquiler ha cambiado varias veces en los últimos años por la legislación española:
| Período | Índice aplicable | Límite máximo | Base legal |
|---|---|---|---|
| Hasta dic. 2021 | IPC | Sin límite específico | LAU original |
| Ene. 2022 – dic. 2022 | IPC (muy alto) | Sin tope (hasta ~10%) | LAU sin reforma |
| Ene. 2023 – dic. 2023 | Tope del 2% | Máximo 2% | RDL 20/2022 |
| Ene. 2024 – dic. 2024 | Tope del 3% | Máximo 3% | RDL 8/2023 |
| Desde ene. 2025 | Índice INE | ~2,2% en 2026 | Ley Vivienda 2023 |
Desde 2025 ya no se usa el IPC como referencia. El índice oficial es el publicado por el INE específicamente para la actualización de contratos de arrendamiento. Puedes consultarlo en ine.es.
Condiciones legales
¿Cuándo puede el casero subir el alquiler?
La subida del alquiler está sujeta a condiciones muy concretas. Si no se cumplen todas, puedes negarte:
Solo en la renovación anual del contrato
El casero no puede subir el alquiler a mitad del año del contrato. Solo puede actualizarlo en el momento de la renovación, una vez al año.
Debe comunicarlo con al menos 30 días de antelación
La notificación debe ser por escrito (email, carta, burofax). Si no te avisa con 30 días, la subida no es exigible hasta el siguiente período.
El contrato debe incluir cláusula de actualización
Si el contrato no menciona ninguna actualización, la renta se mantiene igual durante toda la duración inicial. Sin cláusula, no hay subida legal posible.
No puede superar el índice de referencia
Aunque el contrato diga «según IPC» o «según el índice que corresponda», desde 2025 el límite es el índice específico del INE, que en 2026 es del 2,2%.
Si la subida supera el límite legal: puedes negarte a pagarla. Comunícalo por escrito al arrendador y, si persiste, puedes denunciar ante los servicios de consumo de tu comunidad autónoma o acudir al juzgado de primera instancia.
Preguntas frecuentes
Dudas sobre la subida del alquiler
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