La calculadora de prestación por maternidad y paternidad te permite saber exactamente cuánto cobrarás durante las 16 semanas de permiso. La prestación por maternidad y paternidad es del 100% de la base reguladora y la paga el INSS directamente al trabajador.

👶 Maternidad y paternidad ⚡ Resultado inmediato 📅 Actualizado 2026

Calculadora de prestación por
maternidad y paternidad 2026

Calcula cuánto cobrarás durante las 16 semanas de permiso. El 100% de tu base reguladora, pagado directamente por el INSS.

📅
16
Semanas de permiso
Para cada progenitor
💶
100%
Base reguladora
Sin límite máximo
🏥
INSS
Quién paga
Directamente al trabajador

👶 Calcula tu prestación por maternidad/paternidad

Introduce tu salario y te calculamos exactamente cuánto cobrarás

Salario base + complementos habituales
Prestación mensual estimada
al mes (100% base reguladora)
Total 16 semanas: —
Base reguladora/día
bruto
Semanas de permiso
semanas
Días totales
días naturales
Desglose del permiso
Semanas obligatorias inmediatas6 semanas (ininterrumpidas)
Semanas restantes (flexibles)
Fecha estimada de fin
Prestación total estimada
⚠️ Estimación basada en el salario mensual como aproximación de la base reguladora. La base reguladora exacta la calcula el INSS sobre las cotizaciones de los últimos 6 meses. La prestación está sujeta a retención del IRPF. Si tienes más de un pagador, puede afectar a tu declaración de la renta.

1. Duración del permiso — 16 semanas para cada progenitor

Desde 2021, el permiso de maternidad y paternidad en España es de 16 semanas para cada progenitor, con total igualdad entre ambos. Ya no existe distinción entre permiso de maternidad y permiso de paternidad — ambos se llaman permiso por nacimiento.

SituaciónSemanas baseSemanas adicionalesTotal
Nacimiento / adopción estándar16 semanas16 semanas
Parto múltiple (por cada hijo adicional)16 semanas+2 semanas18+ semanas
Hijo con discapacidad16 semanas+2 semanas18 semanas
Parto prematuro u hospitalización16 semanas+días hospitalizaciónVariable
Familia numerosa (3+ hijos)16 semanas+2 semanas18 semanas

2. Cuánto cobras — el 100% de la base reguladora

La prestación por nacimiento es del 100% de la base reguladora, sin límite máximo. Esto la diferencia de otras prestaciones como la baja médica (60-75%).

La base reguladora se calcula sobre las cotizaciones de los últimos 6 meses divididas entre 180 días. En la práctica es muy similar a tu salario bruto mensual.

Sin límite máximo. Al contrario de otras prestaciones, la prestación por nacimiento no tiene tope máximo — cobras el 100% de tu base reguladora aunque sea muy alta. Un trabajador con base reguladora de 5.000 €/mes cobra 5.000 €/mes durante las 16 semanas.

⚠️

Tributa en el IRPF. La prestación por nacimiento tributa como rendimiento del trabajo. El INSS aplica retención. Si tienes dos pagadores (empresa + INSS en el mismo año), puede que debas declarar aunque no llegues al límite habitual.

3. Cómo distribuir las 16 semanas

Las 16 semanas se dividen en dos bloques:

  • 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas inmediatamente después del parto — son obligatorias para ambos progenitores y no pueden cederse ni distribuirse
  • 10 semanas restantes — pueden disfrutarse de forma flexible hasta que el bebé cumpla 12 meses, a tiempo completo o parcial (en este caso se amplia la duración proporcionalmente)
💡

A tiempo parcial: puedes disfrutar las 10 semanas restantes trabajando a tiempo parcial. Si trabajas al 50%, las 10 semanas se convierten en 20 semanas. Debes acordarlo con la empresa con al menos 15 días de antelación.

💡

Ambos progenitores a la vez: sí pueden coincidir. Ambos pueden estar de permiso simultáneamente durante las 6 semanas obligatorias — de hecho es lo más habitual. Las 10 semanas restantes también pueden solaparse.

4. Requisitos para cobrar la prestación

Trabajadores por cuenta ajena

  • Estar dado de alta en la Seguridad Social en el momento del nacimiento
  • Tener cotizados al menos 180 días en los últimos 7 años o 360 días a lo largo de toda la vida laboral
  • Menores de 21 años: sin período mínimo de cotización
  • Entre 21 y 26 años: 90 días en los últimos 7 años
  • Mayores de 26 años: 180 días en los últimos 7 años

Trabajadores autónomos

  • Estar al corriente de pago de las cuotas de autónomos
  • Mismos períodos mínimos de cotización que los asalariados
  • Deben contratar a alguien o acreditar el cese de actividad durante el permiso
⚠️

Si no cumples el período mínimo: tienes derecho a un permiso no contributivo de 42 días (6 semanas) sin prestación económica del INSS. La empresa no tiene que pagarte durante ese período salvo que el convenio lo establezca.

5. Cómo solicitar la prestación al INSS

  1. Online (recomendado): sede.seg-social.gob.es → «Prestaciones» → «Nacimiento y cuidado de menor» → con certificado digital o Cl@ve
  2. Presencialmente: en cualquier oficina del INSS con cita previa
  3. Documentos necesarios: DNI, libro de familia o certificado de nacimiento, número de cuenta bancaria para el cobro
  4. Cuándo solicitarlo: se puede solicitar hasta 3 meses antes del nacimiento previsto (para planificar el inicio) o dentro de los 3 meses siguientes al nacimiento

Comunícalo también a tu empresa con al menos 15 días de antelación antes de iniciar el permiso, indicando la fecha de inicio y las semanas que vas a tomar de forma inmediata.

6. Preguntas frecuentes

¿Puede una empresa despedirme mientras estoy de permiso por maternidad/paternidad?
No. El despido durante el permiso por nacimiento es nulo automáticamente. La empresa debe readmitirte y pagarte todos los salarios desde el despido. Esta protección se extiende también durante el embarazo y hasta 12 meses después del nacimiento si el despido está vinculado al mismo. Más sobre despido nulo →
¿El permiso de maternidad/paternidad cotiza para la jubilación?
Sí. Las semanas de permiso por nacimiento computan como períodos cotizados a todos los efectos — jubilación, desempleo, incapacidad permanente, etc. El INSS ingresa las cotizaciones correspondientes durante todo el permiso.
¿Qué pasa si el bebé nace antes de tiempo (prematuro)?
En casos de parto prematuro con hospitalización del recién nacido, el permiso puede suspenderse a petición del progenitor y reanudarse una vez recibida el alta hospitalaria. Además, si la hospitalización dura más de 7 días, el permiso se amplía en tantos días como dure la hospitalización con un máximo de 13 semanas adicionales.
¿Puedo trabajar para otra empresa mientras cobro la prestación?
No. La prestación por nacimiento es incompatible con cualquier actividad laboral o económica por cuenta propia o ajena durante las semanas que se disfrutan a tiempo completo. En las semanas disfrutadas a tiempo parcial, la prestación se reduce proporcionalmente al trabajo realizado.
¿Las vacaciones acumuladas durante el permiso se pierden?
No. Las vacaciones generadas durante el permiso por nacimiento no se pierden aunque coincidan con el período de disfrute habitual de la empresa. Puedes disfrutarlas después de incorporarte, incluso aunque haya pasado el año natural. Acuérdalo con tu empresa antes de incorporarte.
👶

Equipo LeyExplicada

Calculadora actualizada en mayo de 2026. Basada en el Real Decreto-ley 6/2019 y la normativa del INSS vigente. Orientativa — el importe exacto lo calcula el INSS según tus cotizaciones reales.