Cómo darse de alta como autónomo en 2026: guía paso a paso
Darte de alta como autónomo en España requiere dos trámites obligatorios: el alta en Hacienda (modelo 036) y el alta en la Seguridad Social (RETA). Ambos deben hacerse con la misma fecha de inicio de actividad. Te explicamos cómo hacerlo sin errores y desde el primer día.
Resumen rápido — los 2 trámites obligatorios
| Trámite | Dónde | Modelo | Plazo |
|---|---|---|---|
| Alta censal | Hacienda (AEAT) | Modelo 036 | Antes de iniciar actividad |
| Alta en Seguridad Social | TGSS (portal Importass) | TA.0521 | Hasta 60 días antes o el mismo día |
Paso 1 — Alta en Hacienda (Modelo 036)
El modelo 036 es la declaración censal con la que te registras como empresario o profesional ante la Agencia Tributaria. Puedes presentarlo:
- Online en sede.agenciatributaria.gob.es con certificado digital o Cl@ve PIN
- Presencialmente en cualquier delegación de la AEAT
- A través de un Punto PAE (Punto de Atención al Emprendedor) — tramita Hacienda y Seguridad Social juntos
Qué necesitas para rellenar el modelo 036:
- DNI o NIE en vigor
- Epígrafe IAE — el código que identifica tu actividad económica (fontanero, diseñador, consultor, etc.)
- Fecha de inicio de actividad
- Régimen de IVA (general, recargo de equivalencia, exento…)
- Régimen de IRPF (estimación directa normal o simplificada)
- Dirección del local o lugar donde ejercerás la actividad
Paso 2 — Alta en la Seguridad Social (RETA)
Una vez presentado el modelo 036, debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) a través del portal Importass de la Seguridad Social (importass.seg-social.es) usando el formulario TA.0521.
Qué necesitas para el alta en el RETA:
- Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
- La misma fecha de inicio que pusiste en el modelo 036
- Código IAE y código CNAE de tu actividad
- Previsión de rendimientos netos mensuales para elegir tu tramo de cotización
- Número de cuenta bancaria para domiciliar la cuota
Los 6 pasos completos en orden
- Decide la fecha de inicio. Es la fecha oficial desde la que empiezas a facturar y a pagar cuota. Elige bien — desde ese día empiezan tus obligaciones fiscales y la cuota de autónomos.
- Elige tu epígrafe IAE y código CNAE. Son los códigos que identifican tu actividad ante Hacienda y la Seguridad Social respectivamente.
- Presenta el Modelo 036 en Hacienda antes o el mismo día de inicio de actividad. Online en la sede electrónica de la AEAT.
- Date de alta en el RETA en el portal Importass de la Seguridad Social con el formulario TA.0521. Misma fecha que en el 036.
- Marca la casilla de tarifa plana si es tu primera alta o llevas más de 2 años de baja en el RETA. Son 80 €/mes el primer año.
- Domicilia la cuota en tu cuenta bancaria para que se cobre automáticamente cada mes.
¿Cuánto cuesta darse de alta?
| Concepto | Coste |
|---|---|
| Alta en Hacienda (modelo 036) | Gratis |
| Alta en el RETA | Gratis |
| Cuota mensual (tarifa plana primer año) | 80 €/mes |
| Cuota mensual (sin tarifa plana, tramo mínimo) | Desde ~200 €/mes |
| Gestoría (opcional) | Desde 25-50 € el alta, o desde 50 €/mes con servicio completo |
Errores más comunes al darse de alta
¿Cuándo estoy obligado a darme de alta?
Estás obligado a darte de alta como autónomo cuando tu actividad es habitual, continuada y a título lucrativo. En la práctica:
- Si tus ingresos anuales superan el SMI anual (15.876 € en 2026), debes darte de alta en el RETA obligatoriamente.
- Si facturas de forma puntual y por debajo del SMI, basta con el alta censal en Hacienda (modelo 036) para poder emitir facturas.
- Si tienes un contrato laboral y además facturas, puedes estar en el RETA y en el Régimen General a la vez.
Preguntas frecuentes
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Comprueba tu tramo según tus ingresos netos reales
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