Empresa que No Paga el Sueldo: Qué Hacer y Carta de Reclamación 2026
Si tu empresa no te paga el salario tienes derechos y plazos concretos. Te explicamos qué hacer paso a paso, con la carta de reclamación lista para enviar.
📋 En este artículo
Que una empresa no pague el salario es uno de los incumplimientos más graves que puede cometer. No es solo un problema económico — es una infracción laboral muy grave tipificada en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, y tú tienes herramientas legales concretas para reclamarlo.
🚨 Situación urgente — actúa rápido
El impago de salarios tiene plazos de prescripción. Si esperas demasiado, pierdes el derecho a reclamar. El plazo general para reclamar salarios impagados es de 1 año desde que debieron pagarse. No lo dejes pasar.
1. Tus derechos cuando la empresa no te paga el sueldo
El artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores establece que el salario debe pagarse puntualmente en la fecha y lugar acordados. Si la empresa no paga tienes derecho a:
- Reclamar el salario impagado más los intereses de demora (art. 29.3 ET)
- Extinguir tu contrato con indemnización por incumplimiento grave del empresario (art. 50 ET) si el impago es reiterado o de cuantía elevada
- Solicitar el FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) si la empresa es insolvente o está en concurso de acreedores
- Denunciar a la Inspección de Trabajo (ITSS) de forma gratuita
2. Plazos críticos que no puedes perder
| Acción | Plazo | Consecuencia si lo pierdes |
|---|---|---|
| Reclamar salarios impagados | 1 año desde que debieron pagarse | Prescripción — pierdes el derecho |
| Extinguir el contrato por art. 50 ET | No hay plazo fijo — pero cuanto antes mejor | Si tardas mucho puede interpretarse como aceptación |
| Solicitar conciliación SMAC | Antes de presentar demanda judicial | Requisito previo obligatorio |
| Demanda en Juzgado Social | 1 año desde que debieron pagarse | Prescripción |
| Solicitar FOGASA | 1 año desde sentencia firme o declaración insolvencia | Prescripción |
3. Qué hacer paso a paso cuando no te pagan
Documenta el impago
Guarda las nóminas, los contratos, los extractos bancarios que demuestren que no has recibido el pago y cualquier comunicación con la empresa (emails, whatsapps, cartas). La documentación es clave para cualquier reclamación posterior.
Envía la carta de reclamación formal
Antes de cualquier acción legal, envía una carta de reclamación formal por escrito — idealmente por burofax con acuse de recibo. Esto da un plazo a la empresa para pagar y sirve como prueba si hay que ir al juzgado. Más abajo tienes el modelo.
Si no responden: papeleta de conciliación ante el SMAC
Si la empresa no paga tras recibir la carta, presenta papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de tu comunidad autónoma. Es gratuito y es el paso previo obligatorio antes de ir al juzgado.
Denuncia a la Inspección de Trabajo (ITSS)
Simultáneamente puedes presentar denuncia gratuita ante la Inspección de Trabajo. Es anónima y puede presionar a la empresa. La ITSS puede sancionar a la empresa con multas de hasta 187.515€ por impago de salarios.
Si el SMAC fracasa: demanda en el Juzgado de lo Social
Si en la conciliación no hay acuerdo, presenta demanda en el Juzgado de lo Social. En reclamaciones de cantidad el procedimiento es relativamente rápido. Puedes hacerlo sin abogado si la cantidad no supera los 2.000€, aunque es recomendable tener representación.
4. Carta de reclamación de salario impagado
Esta carta debe enviarse preferentemente por burofax con acuse de recibo y certificación de contenido — así queda constancia legal de que la empresa la recibió y de qué decía. Coste aproximado: 15-20€ en Correos.
[Tu DNI]
[Tu dirección]
[Ciudad, fecha]
A la atención de [Nombre o razón social de la empresa]
[CIF de la empresa]
[Dirección de la empresa]
Asunto: Reclamación de salarios impagados
Estimados señores:
Me dirijo a ustedes en mi condición de trabajador/a de [nombre empresa], con NIF [CIF], en la que presto mis servicios como [categoría profesional] desde el [fecha de inicio].
Mediante la presente les comunico que, a la fecha de esta carta, no he recibido el pago de los siguientes conceptos salariales:
— Salario correspondiente al mes de [mes/meses] de [año], por importe de [importe] euros.
— [Otros conceptos si los hay: pagas extras, comisiones, etc.]
Dicho impago constituye un incumplimiento del artículo 29 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, que establece la obligación de abonar el salario en la fecha y lugar convenidos.
En consecuencia, les requiero para que en el plazo de 5 días hábiles desde la recepción del presente escrito procedan al abono íntegro de las cantidades adeudadas, más los intereses de demora correspondientes conforme al artículo 29.3 ET (10% de recargo anual).
En caso de no atender este requerimiento en el plazo indicado, me veré obligado/a a ejercitar las acciones legales que me corresponden, incluyendo la presentación de papeleta de conciliación ante el SMAC y demanda ante el Juzgado de lo Social, así como denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Sin otro particular, quedo a su disposición para cualquier aclaración.
💡 Consejo: envíala siempre por burofax
El burofax con acuse de recibo y certificación de contenido cuesta unos 15-20€ en Correos pero tiene pleno valor probatorio legal. Un WhatsApp o un email pueden ser suficientes informalmente, pero ante un juez el burofax es mucho más sólido. Si la cantidad es significativa, merece la pena.
5. Intereses de demora que te deben
El artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores establece que el empresario que retrasa el pago del salario debe abonar un recargo del 10% anual sobre las cantidades adeudadas.
Ejemplo: si te deben 2.000€ de salario desde hace 3 meses:
- Salario impagado: 2.000€
- Intereses (10% anual × 3/12 meses): 50€
- Total a reclamar: 2.050€
Incluye siempre los intereses en tu reclamación — es un derecho que muchos trabajadores no saben que tienen.
6. Cuándo puedes extinguir el contrato con indemnización
Si el impago es reiterado o de cuantía importante, puedes solicitar la extinción del contrato por incumplimiento grave del empresario al amparo del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores. Si el juez lo estima, tendrás derecho a:
- Indemnización equivalente al despido improcedente (33 días/año, tope 720 días)
- Derecho a cobrar el paro — porque la extinción no es voluntaria sino forzada por el incumplimiento de la empresa
- Los salarios impagados más los intereses de demora
✅ El artículo 50 ET: la opción más poderosa
Si la empresa lleva varios meses sin pagarte, el art. 50 ET puede ser tu mejor opción: cobras la indemnización como si te hubieran despedido improcedentemente Y puedes cobrar el paro. Es la diferencia entre irte con nada (baja voluntaria) e irte con todo. Calcula cuánto te correspondería →
Para ejercitar el art. 50 ET necesitas presentar demanda judicial — es un proceso más complejo que la reclamación de cantidad y se recomienda contar con abogado laboralista.
7. Cómo denunciar a la Inspección de Trabajo
La denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) es gratuita y puede ser anónima. Las sanciones por impago de salarios son:
- Infracción grave: multa de 751€ a 7.500€
- Infracción muy grave: multa de 7.501€ a 225.018€
La denuncia se puede presentar de dos formas:
- Online en la sede electrónica de la ITSS con certificado digital o Cl@ve
- Presencialmente en la Inspección de Trabajo de tu provincia
⚠️ La denuncia a la ITSS no sustituye la reclamación judicial
La Inspección puede sancionar a la empresa pero no te pagará directamente. Para cobrar lo que te deben necesitas la vía judicial (SMAC + Juzgado de lo Social). Usa ambas vías en paralelo — son complementarias.
