Incapacidad permanente

🛡️ Seguridad Social ⏱️ 9 min lectura 📅 Actualizado mayo 2026

Incapacidad permanente en España (2026)
Grados, cuánto cobras y cómo solicitarla

Guía completa sobre la incapacidad permanente: los 4 grados, qué porcentaje del salario cobras en cada uno, requisitos de cotización y cómo tramitarla ante el INSS.

24

IP Parcial

Indemnización de 24 mensualidades. No es una pensión mensual.

55%

IP Total

55% de la base reguladora al mes (75% si tienes 55+ años).

100%

IP Absoluta

100% de la base reguladora. Incompatible con cualquier trabajo.

100%+

Gran Invalidez

100% + complemento para quien necesita asistencia de tercera persona.

🛡️ Calculadora de incapacidad permanente

Estimación de la pensión según tu grado y base reguladora

Base reguladora
mensual estimada
Porcentaje aplicado
Pensión estimada
mensual
⚠️ Estimación orientativa. La base reguladora real se calcula sobre las cotizaciones reales de los últimos años. El importe final lo determina el INSS. La pensión máxima en 2026 es de 3.356,40 €/mes.

1. Los 4 grados de incapacidad permanente

La incapacidad permanente se divide en 4 grados según el nivel de limitación funcional. El grado lo determina el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) del INSS tras evaluar tu situación médica y laboral.

GradoQué implica¿Puedes trabajar?
IP ParcialReduce tu rendimiento en tu trabajo habitual en al menos un tercio, pero puedes seguir haciendo las tareas fundamentales✅ Sí, en tu trabajo habitual
IP TotalTe impide hacer las tareas fundamentales de tu profesión habitual✅ Sí, en otro trabajo diferente
IP AbsolutaTe impide trabajar en cualquier profesión u oficio❌ No en ningún trabajo
Gran InvalidezAdemás de la incapacidad absoluta, necesitas asistencia de otra persona para los actos básicos de la vida❌ No

2. Cuánto se cobra en cada grado (2026)

GradoPrestaciónImportePagas
IP ParcialIndemnización a tanto alzado24 mensualidades de la base reguladoraPago único
IP TotalPensión mensual55% de la base reguladora14 pagas/año
IP Total Cualificada (+55 años)Pensión mensual75% de la base reguladora14 pagas/año
IP AbsolutaPensión mensual100% de la base reguladora12 pagas/año (si es accidente laboral) o 14 (enfermedad)
Gran InvalidezPensión mensual + complemento100% + 45% del salario mínimo + 30% de la última base cotizada14 pagas/año
💡

Pensión máxima 2026: 3.356,40 € al mes, equivalente a 47.009,62 € al año. Subida 2026: las pensiones contributivas se revalorizan un 2,7% desde el 1 de enero de 2026, conforme al ajuste automático vinculado a la inflación.

3. Requisitos de cotización para tener derecho

GradoOrigenCotización mínima
IP ParcialEnfermedad común1.800 días cotizados en los últimos 10 años
IP Total / Absoluta / Gran InvalidezEnfermedad común, menor de 31 años1/3 del tiempo transcurrido desde los 16 años
IP Total / Absoluta / Gran InvalidezEnfermedad común, 31 años o más1/4 del tiempo trabajado + mínimo 5 años, de los cuales 1/5 deben ser en los últimos 10 años
Cualquier gradoAccidente laboral o enfermedad profesionalSin requisito mínimo de cotización
Cualquier gradoAccidente no laboralSin requisito mínimo de cotización
⚠️

Si no cumples los requisitos contributivos pero no puedes trabajar, puede existir la incapacidad permanente no contributiva, que no depende de las cotizaciones sino de la situación económica. El importe en 2026 es de unos 517 €/mes.

4. Cómo solicitarla al INSS paso a paso

1

Reúne la documentación médica

Informes médicos de todos los especialistas que te tratan, historial clínico, análisis, pruebas diagnósticas. Cuanta más documentación, mejor. Los informes deben acreditar la limitación funcional para el trabajo.

2

Presenta la solicitud al INSS

Entra en sede.seg-social.gob.es con Cl@ve o solicita cita en tu INSS más cercano. Rellena el formulario de solicitud de incapacidad permanente aportando toda la documentación médica y laboral.

3

Reconocimiento médico por el EVI

El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) del INSS te citará para un reconocimiento médico. Llevan tus informes y valoran tu capacidad funcional real para el trabajo. Es el paso más importante.

4

Resolución del INSS

El INSS emite resolución en un plazo máximo de 135 días. Puede reconocerte la incapacidad (con el grado que determinen) o denegártela. Tienes derecho a recurrir cualquier resolución.

5

Si te deniegan — cómo recurrir

La denegación es muy frecuente en primera instancia. Tienes 30 días para presentar reclamación previa ante el INSS. Si también la deniegan, puedes acudir al Juzgado de lo Social. Muchos casos que se deniegan inicialmente se conceden en segunda instancia con ayuda de un abogado especialista.

🚨

La denegación inicial no es el final. El INSS deniega muchas solicitudes en primera instancia. Con un abogado especializado en incapacidades, muchos casos denegados se resuelven favorablemente en la vía judicial. No renuncies si crees que tienes derecho.

5. ¿Puedes seguir trabajando con incapacidad permanente?

  • IP Parcial: sí, puedes seguir trabajando en tu profesión habitual.
  • IP Total: sí, pero en una profesión diferente a la que motivó la incapacidad. La pensión es compatible con trabajar en otro oficio.
  • IP Absoluta: en principio no. Sin embargo, desde 2025 existe la posibilidad de compatibilizar la pensión de absoluta con actividades residuales que no supongan el ejercicio efectivo de una profesión.
  • Gran Invalidez: no, es incompatible con cualquier actividad laboral.

IP Total y trabajo: puedes cobrar la pensión de IP Total (55% o 75%) y además trabajar en otra profesión compatible. Los ingresos del trabajo se suman a la pensión. Debes comunicarlo al INSS.

6. Preguntas frecuentes sobre la incapacidad permanente

¿Qué diferencia hay entre incapacidad temporal e incapacidad permanente?
La incapacidad temporal (IT) es la baja médica — tienes una enfermedad o lesión pero se espera que te recuperes. La incapacidad permanente se reconoce cuando, tras haber agotado el período máximo de IT (545 días), las secuelas son definitivas y te impiden trabajar de forma permanente. La IT da un subsidio del 60-75% del salario; la IP da una pensión vitalicia.
¿La incapacidad permanente es vitalicia?
En principio sí, pero el INSS puede revisarla periódicamente. Si tu situación mejora, pueden reducir el grado o extinguir la prestación. Por eso es importante mantener actualizada la documentación médica y seguir los controles que pida el INSS.
¿La pensión de incapacidad permanente tributa en el IRPF?
Depende del grado. La pensión por IP Absoluta y Gran Invalidez está exenta de IRPF. La pensión por IP Total sí tributa como rendimiento del trabajo. La indemnización de la IP Parcial también tributa.
¿Qué pasa con mi trabajo cuando me reconocen la incapacidad permanente?
Depende del grado. Con IP Total o superior, la empresa puede extinguir el contrato sin indemnización (es una causa de extinción legal). Sin embargo, desde 2025 la empresa tiene la obligación de valorar si puede mantenerte con adaptaciones razonables antes de extinguir el contrato. Si la empresa extingue el contrato sin valorar esta posibilidad, puede ser improcedente.
¿Cuánto tarda el INSS en resolver?
El plazo máximo legal es de 135 días hábiles desde la solicitud. En la práctica suele resolverse antes, entre 3 y 6 meses. Si el INSS supera ese plazo sin resolver, se entiende denegada por silencio administrativo y puedes recurrir.
🛡️

Equipo LeyExplicada

Contenido revisado y actualizado en mayo de 2026. Basado en la Ley General de la Seguridad Social y normativa de incapacidad permanente vigente. Las cuantías reflejan la revalorización del 2,7% aprobada para 2026. Orientativo — no constituye asesoramiento legal.

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