La reclamación de cantidad es el procedimiento laboral para reclamar salarios impagados, finiquitos incorrectos, horas extra no abonadas o cualquier deuda económica de la empresa al trabajador. El plazo para reclamar cantidades laborales es de un año desde que debieron pagarse.

💶 Reclamaciones laborales 📅 Actualizado 2026 ⏱️ 7 min lectura

Reclamación de cantidad (2026):
cómo reclamar salarios impagados

Guía completa para reclamar salarios que no te han pagado: qué puedes reclamar, el plazo de un año y cómo hacerlo paso a paso sin abogado.

1

Recopila documentación

Nóminas, contratos, emails que prueben la deuda

2

Reclamación interna

Comunícalo por escrito a la empresa

3

Papeleta SMAC

Obligatoria antes del juzgado. Gratuita

4

Juzgado Social

Si no hay acuerdo en conciliación

1. Qué puedes reclamar

La reclamación de cantidad laboral cubre cualquier deuda económica de la empresa hacia el trabajador:

  • Salarios impagados — nóminas que no se han abonado total o parcialmente
  • Pagas extras pendientes — si la empresa no te ha pagado la paga de verano o navidad
  • Vacaciones no disfrutadas — cuando no se incluyen en el finiquito
  • Horas extra no pagadas — si no se han abonado ni compensado con descanso
  • Finiquito incompleto o incorrecto — si falta algún concepto o está mal calculado
  • Complementos salariales impagados — plus de productividad, antigüedad, nocturnidad, etc.
  • Comisiones pendientes — si la empresa no ha abonado las comisiones devengadas
  • Diferencias salariales — si cobras menos de lo que marca el convenio
💡

También puedes reclamar aunque sigas trabajando en la empresa. No tienes que esperar a que acabe la relación laboral para reclamar salarios impagados. Puedes hacerlo mientras sigues siendo empleado — aunque en la práctica es más habitual reclamar al salir.

2. El plazo de prescripción — 1 año

El plazo para reclamar cantidades laborales es de 1 año desde que debieron pagarse. Este plazo es mucho más amplio que el de 20 días hábiles del despido.

  • Para salarios mensuales: 1 año desde el último día del mes en que debieron pagarse
  • Para pagas extras: 1 año desde la fecha en que debían abonarse según el convenio
  • Para horas extra: 1 año desde que debieron compensarse
  • Para finiquito: 1 año desde la fecha del cese
🚨

Cada concepto tiene su propio plazo. El salario de enero de 2025 prescribe en enero de 2026. El de febrero en febrero, y así sucesivamente. Si la empresa lleva meses sin pagarte, actúa cuanto antes para no perder los más antiguos.

Cómo interrumpir la prescripción: cualquier reclamación fehaciente reinicia el plazo desde cero. Un burofax, un email con acuse de lectura, la papeleta de conciliación ante el SMAC o una carta certificada interrumpen el plazo y lo reinician.

3. Cómo reclamar paso a paso

Paso 1 — Reclamación interna a la empresa

Antes de ir al SMAC, comunica por escrito a la empresa la deuda existente. Usa email con acuse de recibo o burofax. Indica los conceptos y los importes concretos. Esto interrumpe la prescripción y a veces resuelve el problema sin más trámites.

Paso 2 — Papeleta de conciliación ante el SMAC

Si la empresa no paga tras la reclamación interna, presenta la papeleta de conciliación en el SMAC de tu provincia. Es gratuita, no requiere abogado y es obligatoria antes del juzgado. Guía completa del SMAC →

Paso 3 — Demanda ante el Juzgado de lo Social

Si el acto de conciliación termina sin acuerdo, tienes 30 días hábiles para presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social. Para importes inferiores a 3.000 € no es obligatorio el abogado, aunque sí recomendable.

⚠️

También puedes denunciar a la Inspección de Trabajo. Si la empresa no te paga el salario, puedes denunciarlo ante la Inspección de Trabajo — es gratuito, anónimo y puede obligar a la empresa a pagar con multa incluida. Es compatible con la vía judicial.

4. Qué documentos necesitas

  • Nóminas — las que tienes y las que faltan (la ausencia de nómina ya es prueba)
  • Contrato de trabajo — para acreditar el salario pactado
  • Extractos bancarios — muestran qué se ha cobrado y qué no
  • Emails o mensajes donde la empresa reconozca la deuda
  • Convenio colectivo — si reclamas diferencias salariales por cobrar menos de lo que marca el convenio
  • Registro de jornada — si reclamas horas extra
  • Finiquito — si reclamas conceptos que faltan en él
💡

No necesitas tenerlo todo. En los juicios laborales existe el principio de facilidad probatoria — si la empresa tiene los documentos (nóminas, registros) y no los aporta, el juzgado puede considerar probada tu versión. No te rindas por falta de documentación.

5. Intereses por demora

Además de la cantidad principal, puedes reclamar intereses por demora. El artículo 29.3 del ET establece que los salarios impagados generan un interés del 10% anual desde que debieron pagarse.

Esto significa que si la empresa te debe 3 meses de salario (3.000 €) y llevan 6 meses sin pagarte, además de los 3.000 € puedes reclamar:

3.000 € × 10% × (6/12) = 150 € de intereses adicionales

El FOGASA como garantía. Si la empresa es insolvente o está en concurso de acreedores, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) garantiza el pago de hasta 120 días de salario (máx. doble del SMI/día) y parte de la indemnización. No cubre todo pero es una red de seguridad importante.

6. Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar si firmé el finiquito con «conforme»?
Sí, aunque con matices. Firmar «conforme» crea una presunción de que aceptas el finiquito, pero no impide reclamar si hay conceptos incorrectos o si firmaste bajo presión. Tienes 1 año para reclamar desde el cese. Firmar «no conforme» es siempre mejor para proteger tus derechos.
¿Necesito abogado para reclamar cantidades?
Para la papeleta de conciliación no es necesario. Para el juicio oral tampoco es obligatorio legalmente si el importe es inferior a 3.000 €, aunque sí recomendable. Para importes superiores conviene contar con abogado o graduado social. El turno de oficio es gratuito si cumples los requisitos económicos.
¿Qué pasa si la empresa dice que no tiene dinero?
Debes reclamar igualmente. Si la empresa no puede pagar, el juzgado puede decretar el embargo de sus bienes. Si está en concurso de acreedores, debes personarte como acreedor laboral. El FOGASA cubre parte de la deuda si la empresa es declarada insolvente. No renuncies a reclamar porque la empresa diga que no tiene dinero.
¿Puedo reclamar mientras sigo trabajando en la empresa?
Sí. No tienes que esperar a salir de la empresa para reclamar salarios impagados. Sin embargo, en la práctica muchos trabajadores prefieren esperar al cese para evitar represalias. Si decides reclamar mientras trabajas, la empresa no puede despedirte por eso — sería despido nulo por vulneración de la garantía de indemnidad.
¿Puedo reclamar diferencias salariales si cobro menos que el convenio?
Sí. El convenio colectivo es de obligado cumplimiento — la empresa no puede pagarte menos de lo que establece. Puedes reclamar las diferencias de los últimos 12 meses (plazo de prescripción de 1 año). Para saber qué marca tu convenio, consulta el BOE o pregunta al delegado sindical de tu empresa.
💶

Equipo LeyExplicada

Artículo actualizado en mayo de 2026. Basado en el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores y la Ley 36/2011 Reguladora de la Jurisdicción Social. Orientativo — para casos complejos consulta con un abogado laboralista.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *