Cuánto me corresponde por despido en España (2026)
Cuánto me corresponde por despido
en España (2026) — guía completa
Lo que te corresponde depende del tipo de despido, los años trabajados y tu salario. Aquí tienes la calculadora, las fórmulas exactas y ejemplos reales para cada caso.
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Finiquito completo + indemnización según el tipo de despido
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📋 En este artículo
1. Cuánto corresponde según el tipo de despido
Lo primero es identificar el tipo de despido — de eso depende la indemnización:
| Tipo de despido | Indemnización | Tope máximo | Paro |
|---|---|---|---|
| Improcedente | 33 días/año | 720 días (24 meses) | ✅ Sí |
| Objetivo / ERE | 20 días/año | 365 días (12 meses) | ✅ Sí |
| Art. 41/50 ET | 20 días/año | 270 días (9 meses) | ✅ Sí |
| Disciplinario procedente | 0 € | — | ✅ Sí |
| Baja voluntaria | 0 € | — | ❌ No |
| Nulo | Readmisión + salarios | — | ✅ Sí |
¿No sabes qué tipo de despido es? Si la carta de despido alega incumplimientos graves tuyos, es disciplinario. Si alega causas económicas, técnicas u organizativas de la empresa, es objetivo. Si no tienes carta escrita o la carta tiene defectos formales, es automáticamente improcedente.
2. El finiquito — siempre te lo deben, pase lo que pase
Independientemente del tipo de despido — incluso si te vas voluntariamente — siempre tienes derecho al finiquito. Son conceptos distintos a la indemnización:
- Salario pendiente de los días trabajados en el mes del cese
- Pagas extras proporcionales al tiempo trabajado en el año
- Vacaciones no disfrutadas en dinero
- Otros devengos pendientes (comisiones, complementos, etc.)
Antes de firmar el finiquito, calcula tú mismo cada concepto. Los errores más frecuentes son: no incluir todas las vacaciones, calcular mal el salario diario y olvidar las pagas proporcionales. Guía completa con fórmulas →
3. El cálculo mixto — si empezaste antes de febrero de 2012
La reforma laboral de febrero de 2012 redujo la indemnización de 45 a 33 días/año. Si tu contrato es anterior a esa fecha, tienes derecho al cálculo mixto:
- Años trabajados antes del 12 de febrero de 2012 → a 45 días/año (tope 42 mensualidades para ese tramo)
- Años trabajados desde el 12 de febrero de 2012 → a 33 días/año
- Tope global: 720 días
Ejemplo: si empezaste en enero 2010 y te despiden en mayo 2026, tienes 2,1 años al 45% y 14,3 años al 33%. La diferencia con calcular todo a 33 días puede ser de miles de euros. Calcula con el cálculo mixto →
4. Cuatro ejemplos reales con números
Caso 1 — Despido improcedente, 5 años, 24.000 €/año
Trabajador/a · 5 años · 24.000 €/año · Despido improcedente · Mayo 2026 (15 días trabajados)
Caso 2 — Despido objetivo, 10 años, 35.000 €/año
Trabajador/a · 10 años · 35.000 €/año · Despido objetivo · Primer día del mes
Caso 3 — Cálculo mixto, desde 2009, 28.000 €/año
Trabajador/a · Desde enero 2009 · 28.000 €/año · Despido improcedente mayo 2026
Caso 4 — Baja voluntaria, 3 años, 20.000 €/año
Trabajador/a · 3 años · 20.000 €/año · Baja voluntaria en mayo (20 días trabajados)
5. ¿La indemnización tributa en el IRPF?
- Indemnización por despido improcedente: exenta de IRPF hasta el límite legal (33 días/año, máximo 720 días). El exceso tributa con posible reducción del 30%.
- Indemnización por despido objetivo: exenta hasta el límite legal (20 días/año, máximo 365 días).
- Finiquito (salario, pagas, vacaciones): tributan como rendimiento del trabajo en el IRPF del año en curso.
- Indemnización pactada por encima del mínimo legal: el exceso tributa como rendimiento del trabajo.
Si la indemnización es muy alta (varios años de trabajo + salario alto), puede tener sentido negociar con la empresa el fraccionamiento del pago para optimizar la carga fiscal. Consulta con un asesor fiscal antes de firmar.
6. Preguntas frecuentes
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Equipo LeyExplicada
Contenido revisado y actualizado en mayo de 2026. Basado en el Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto-ley 3/2012 vigente. Orientativo — no constituye asesoramiento legal.
