|

Incapacidad Temporal (IT) en España (2026): Cuánto Cobras y Cuánto Dura

La incapacidad temporal (IT) es la situación en que se encuentra un trabajador que no puede trabajar temporalmente por enfermedad común, accidente laboral o enfermedad profesional. La prestación económica por incapacidad temporal varía según la causa: desde el 60% de la base reguladora en la enfermedad común hasta el 75% a partir del día 21.

🏥 Seguridad Social 📅 Actualizado 2026 ⏱️ 9 min lectura

Incapacidad temporal (IT) en España (2026):
cuánto cobras y cuánto dura

Guía completa sobre la baja médica: tramos de cobro, duración máxima, tipos de IT y qué pasa cuando se acaba el plazo.

Días 1-3
0%
Días de espera
Días 4-20
60%
Base reguladora
Días 21-365
75%
Base reguladora
Día 366+
75%
Prórroga INSS

1. Tipos de incapacidad temporal

La IT puede tener distintas causas y cada una tiene condiciones económicas diferentes:

TipoDías de esperaQuién pagaPorcentaje
Enfermedad común3 días sin cobrarEmpresa días 4-15, INSS desde día 1660% (días 4-20) / 75% (día 21+)
Accidente no laboral3 días sin cobrarEmpresa días 4-15, INSS desde día 1660% (días 4-20) / 75% (día 21+)
Accidente de trabajoSin días de esperaMutua desde el día 175% desde el día 1
Enfermedad profesionalSin días de esperaMutua desde el día 175% desde el día 1
HospitalizaciónSin días de esperaINSS desde el día 175% desde el día 1

Accidente laboral = mejor protección. Si la baja es por accidente de trabajo o enfermedad profesional, cobras el 75% desde el primer día sin días de espera. Por eso es importante declarar correctamente si el accidente ocurrió en el trabajo o en el trayecto al trabajo (accidente in itinere).

2. Cuánto cobras durante la IT

La prestación se calcula sobre la base reguladora, que es el promedio de tus cotizaciones recientes:

  • Enfermedad común y accidente no laboral: base reguladora = cotización del mes anterior ÷ 30
  • Accidente de trabajo y enfermedad profesional: base reguladora incluye horas extra habituales y otros complementos
💡

El convenio puede mejorar estos porcentajes. Muchos convenios colectivos obligan a la empresa a complementar la prestación hasta el 100% del salario durante los primeros días o incluso durante toda la baja. Consulta tu convenio — puede ser que cobres más de lo que marca la ley.

⚠️

Los días 1, 2 y 3 no se cobran en enfermedad común y accidente no laboral. Son los llamados «días de carencia» o «días de espera». Algunos convenios los cubren, pero la ley no obliga a ello.

3. Duración máxima de la IT

La incapacidad temporal tiene un límite legal:

  • 365 días prorrogables hasta 180 días más (total 545 días) si se presume que en ese tiempo el trabajador puede recuperarse
  • Al llegar a los 365 días, el INSS revisa la situación y decide si prorroga, da el alta o inicia un expediente de incapacidad permanente
  • Si a los 545 días no hay recuperación, se inicia obligatoriamente el proceso de incapacidad permanente
💡

Recaídas: si vuelves al trabajo y recaes por la misma enfermedad en los 180 días siguientes, se considera una recaída y se acumula al período anterior — no empieza de cero. Esto es importante para el cómputo de los 545 días máximos.

4. Trámites — partes médicos y obligaciones

El trabajador debe

  • Acudir al médico de cabecera o urgencias — el médico emite el parte de baja
  • Entregar copia del parte de baja a la empresa en 3 días desde su emisión
  • Acudir a las revisiones médicas periódicas y entregar los partes de confirmación
  • Entregar el parte de alta a la empresa en 24 horas desde su emisión

La empresa debe

  • Comunicar la baja a la Seguridad Social a través del Sistema RED
  • Pagar el complemento si el convenio lo establece
  • No sancionar ni despedir por el hecho de estar de baja (con excepciones)
  • Reservar el puesto de trabajo durante la IT
⚠️

Periodicidad de los partes de confirmación desde 2023: el médico determina la frecuencia de los partes según el diagnóstico — ya no hay una periodicidad fija de 7 días. Algunos procesos pueden tener partes cada 30 días si el médico lo considera apropiado.

5. Qué puede y no puede hacer la empresa durante la IT

❌ La empresa NO puede

  • Despedirte por el hecho de estar de baja — puede ser despido nulo si está vinculado a la enfermedad
  • Presionarte para que te incorpores antes del alta médica
  • Enviarte a la mutua para forzar el alta si el médico de cabecera ha dado la baja
  • Reducirte el salario si el convenio obliga al complemento hasta el 100%

✅ La empresa SÍ puede

  • Solicitar un reconocimiento médico por sus servicios médicos o la mutua
  • Comunicar al INSS si sospecha de fraude — el INSS puede citar al trabajador para revisión
  • Despedirte por causas objetivas o disciplinarias independientes de la baja
🚨

Si te despiden estando de baja: puede ser despido nulo si el tribunal considera que está vinculado a la enfermedad. Tienes 20 días hábiles para impugnarlo. Guía sobre despido nulo →

6. Qué pasa cuando se acaba la IT

Si te dan el alta médica

  • Debes incorporarte al trabajo al día siguiente del alta
  • Si no estás de acuerdo con el alta, puedes impugnarla ante la Inspección Médica en 4 días
  • Si la empresa no te readmite tras el alta, puede ser un despido improcedente

Si se agotan los 545 días

  • El INSS inicia automáticamente un expediente de incapacidad permanente
  • Mientras se resuelve el expediente sigues cobrando la prestación de IT
  • Si el tribunal médico concluye que no hay incapacidad permanente, se emite el alta y debes incorporarte
💡

¿Y el paro? Si te despiden mientras estás de baja o al volver del alta, tienes derecho al paro igual que cualquier trabajador. La baja no afecta al derecho al desempleo. Calcula tu paro →

7. Preguntas frecuentes

¿Puedo trabajar para otra empresa mientras estoy de baja?
No. Trabajar para otra empresa durante la IT es causa de extinción de la prestación y puede dar lugar a despido disciplinario en tu empresa principal. La IT implica que no estás en condiciones de trabajar — si trabajas en otro sitio, contradices esa situación.
¿Puedo irme de vacaciones estando de baja?
Depende. Si el médico considera que el viaje o las vacaciones son compatibles con tu recuperación (por ejemplo, descanso en la playa para recuperarte de una operación), puede ser aceptable. Salir del país sin comunicarlo puede ser problemático — el INSS puede citar a revisión y si no apareces se puede suspender la prestación. Consúltalo siempre con tu médico antes.
¿Las vacaciones que generé durante la baja se pierden?
No. El Tribunal de Justicia de la UE y el Tribunal Supremo han establecido que las vacaciones generadas durante la IT no se pierden aunque coincidan con el período de disfrute. Puedes disfrutarlas cuando te incorpores, incluso en el año siguiente.
¿Qué diferencia hay entre IT e incapacidad permanente?
La IT es temporal — se espera recuperación. La incapacidad permanente es cuando las secuelas impiden trabajar de forma definitiva o prolongada. La IT tiene una duración máxima de 545 días; si no hay recuperación, se tramita la incapacidad permanente. Guía sobre incapacidad permanente →
¿La baja médica cotiza para la jubilación?
Sí. Durante la IT sigues dado de alta en la Seguridad Social y se ingresan cotizaciones en tu nombre, lo que cuenta para la jubilación, el paro futuro y otras prestaciones. La base de cotización durante la IT es la misma que la base reguladora de la prestación.
🏥

Equipo LeyExplicada

Artículo actualizado en mayo de 2026. Basado en el Real Decreto Legislativo 8/2015 (LGSS) y la normativa del INSS vigente. Orientativo — para casos específicos consulta con un médico o asesor laboral.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *